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lunes, 12 de agosto de 2013

Sanciones por crear perfiles sin permiso en sitios de dating

Es posible que alguna vez os encontréis ante la circunstancia de que alguien haya creado sin vuestro consentimiento un perfil en alguna red social o sitio de dating. Aunque los controles que se establecen desde sitios como Meetic, C-Date, eDarling o cualquier otro sitio de contactos y encuentros son bastante fiables, siempre existe la posibilidad de que alguien consiga hacerse pasar por nosotros.

Suplantación de identidad

En muchas ocasiones las suplantaciones pueden llegar a incorporar nuestro teléfono y fotos personales nuestras, poniendo datos en el perfil sobre nuestras preferencias e incluso realizando ofertas de contenido explícitamente liberal que pueden desencadenar en que terminemos recibiendo llamadas de índole sexual en el teléfono que aparece en nuestro perfil. El problema se puede acrecentar cuando dicho teléfono es, por ejemplo, nuestro móvil de empresa.

¿Qué hacer si alguien crea nuestro perfil sin permiso en una red social?

Si esto ocurre lo primero que se debe hacer es contactar con la propia red social o sitio de contactos y encuentros, ya sea a través de la propia web o enviando una notificación a su domicilio social, denunciando los hechos y pidiendo que se bloquee la cuenta y que no aparezcan nuestros datos personales.

El segundo paso a dar sería denunciar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) la apertura y creación sin nuestro permiso de dicha cuenta, indicando la red social o sitio de dating del que se trata.

Una vez hecho esto, la propia AEPD realizará las comprobaciones pertinentes hasta conseguir llegar a detectar la persona que realmente creó dicho perfil y realizó la suplantación no autorizada:

  • Determinar la fecha de creación del perfil.
  • Comprobación de las conexiones realizadas a la cuenta y determinación de la compañía titular de la dirección IP desde que se realizaron.
  • Contactar con la compañía, ya sea Movistar, Vodafone, Euskatel o cualquier otro operador de telefonía, para que facilite los datos del titular de la línea ADSL desde la que se realizó la conexión.

Como podréis observar el proceso de detección no es demasiado complicado.

Sanciones y multas por suplantación de identidad en redes sociales

Una vez detectada la identidad de la persona que realiza la suplantación sin nuestro permiso, la AEPD iniciará un proceso sancionador por una presunta infracción grave que puede ser castigada con una multa de entre 60.000 y 300.000 euros.

Lo normal es que quien nos suplantó recurra dicha sanción como excesiva y se dicten resoluciones de una cuantía mucho menor pero que nunca será menor de 2.000 euros y que dependerá también del daño que realmente no hayan hecho.

Normativa de protección a la propia imagen e intimidad

Para protegerse frente al abuso o mal uso de nuestra identidad, la victima que sufre una suplantación no autorizada puede conseguir el amparo judicial y el resarcimiento por la vía civil, acogiéndose a la normativa de protección al menor y de protección a la propia imagen e intimidad. También puede realizarse un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Es importante saber que cuando se trata de menores, los padres son los responsables civilmente del menor. Esto quiere decir que serán los padres los que deberán asumir la sanción que se imponga a sus hijos.

Así que ya sabéis, si alguna vez se os ha ocurrido suplantar la identidad de alguien que os cae mal en una red social o un sitio de dating, que sepáis que la “jugarreta” os puede salir muy mal y costaros mucho dinero. No juguéis con este tema porque os puede salir muy caro.

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